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domingo, 7 de febrero de 2010

El Derecho Como Objeto de Conocimiento

5. Dogmática jurídica



Nos dice que en las ciencias juridicas se encuentra una en especial que se llama dogmática jurídica, esta encuentra complemento en su sustrato material del objeto de estudio refiriendoce al derecho positivo y esta definida como la ciencia que versa sobre el sentido objetivo del derecho positivo, encontrando diferencia a la filosofía de derecho y de la política jurídica que nos dicen sobre el valor del derecho que tenemos y de los medios necesarios para poder realizarlos.



5.1. Concepto, dimensiones, problemas y clasificación



La ciencia del derecho, tiene como objetivo la exposición ordenada y coherente de los preceptos jurídicos que se encuentren vigentes segun el tiempo y lugar en el que se encuentre uno.


Esta disciplina se puede dividir en dos ramas definidas:



1.- Es ciencia del derecho cuando se encuentran claramente dichos los preceptos juridicos en tiempo y espacio.

2.- pero tambien se pueden referir a casos mas especificos aqui es donde estamos ante una perspectiva que puede ser ya sea practica o tecnica, mediante esto se constituye la buena aplicacion del derecho.


La exposición ordenada y coherente de los preceptos jurídicos legales, consuetudinarios y jurisprudenciales que están en vigor en determinaa epoca y lugar seran realizados por la sistemática jurídica.


La técnica jurídica es aquello que tiene como objetivo estudiar los problemas que van surgiendo cuando un juzgador está obligado a aplicar las normas jurídicas generales al caso concreto que le fue planteado y que está obligado a resolver.





Los Problemas de la Técnica jurídica son cinco a saber:


1. De Vigencia de la Ley.


2. De Interpretación.


3. De Integración.


4. Los Conflictos de Leyes en el Tiempo.


5. Los Conflictos de Leyes en el Espacio.




6. Disciplinas jurídicas especiales


Nos indica que hay una diferencia entre lo que es el derecho publico y privado que es el torno en el que gira la ciencia del derecho, estas dos grandes ramas pueden dividir en su aspecto sistemático y cada una de esas dos grandes ramas a su vez se dividen en varias disciplinas a la que suele darse el nombre de especiales.


El derecho público y privado dice que su clasificacion fue casi desde el derecho romano. El derecho publico es aquel que pertenece a la conservación de la cosa romana; entonces nacio la t la teoría del interés en juego, la que dice que es primero lo que sea de interés o de provecho público, y al privado lo que sólo interesa a los particulares. La teoria moderna más aceptada es la que atiende a la naturaleza de la relación jurídica.


En el derecho publico pertenecen: el derecho constitucional, el administrativo, el penal, procesal y el Derecho internacional público. Al derecho privado son: el derecho civil, y el mercantil. Agregamos también el derecho social, dentro del que ubicamos al derecho del trabajo, al derecho agrario, el derecho de la seguridad social y el derecho económico.



6.1. Derecho Público: Derecho Constitucional, Derecho Administrativo, Derecho Penal, Derecho Procesal, Derecho Fiscal y Derecho Internacional Público


Dice que el derecho constitucional no es mas que el conjunto de normas relativas a la estructura fundamental del estado, a las funciones de sus organos y a las relaciones de estos entre si y con los particulares. El derecho constitucional nos indican que comenzo a finales del siglo XVIII que alcanzó su plena sazón en el siglo XIX y cuyo destino parece que puede estar entredicho en la segunda mitad del siglo XX, no puede crecer mas sino en cuanto aspiración concreta de cada pueblo a ejercitar su soberanía. Se ha dicho que el Derecho constitucional es la técnica de la libertad.


El derecho administrativo es una de las rama del derecho público que tiene como objetivo la específicacion de la administración pública. La administración pública es: la actividad de la cual es estado y los sujetos auxiliares de éste tienden a la satisfacción de los intereses colectivos. García Máynez, nos dice su conclusión: la administración pública en sentido material u objetivo, es la actividad del Estado encaminada a la satisfacción de los intereses generales (sea cual fuere el órgano que la realice).


El derecho penal es el conjunto de normas que determinan los delitos, las penas que el estado impone a los delincuentes y las medidas de seguridad que el mismo establece para la prevención de la criminalidad.

El derecho procesal es el conjunto de reglas destinadas a la aplicación de las normas del derecho a casos particulares, ya sea con el fin de esclarecer una situación jurídica dudosa, ya con el propósito de que los órganos jurisdiccionales declaran la existencia de determinada obligación y, en caso necesario, ordenen que se haga efectiva.


El derecho de pedir aqui entra la intervención de los tribunales para declarar una controversia que corresponde al actor o demandante y se llama derecho de acción. A su vez el demandado tiene el derecho de defensa o de excepción. Y frente a las partes el juez o tribunal tiene el deber jurisdiccional. A esa vinculación entre las partes y el tribunal se le llama relación jurídica procesal.


El derecho fiscal es el conjunto de normas las cuales tienen que ver con los impuestos, derechos, productos y aprovechamientos que recauda el estado de los particulares para la satisfacción de sus objetivos.


El derecho internacional nos dice que deberia llamarse derecho interestatal ya que el término nación es de contenido sociológico el de estado es de naturaleza jurídica. y también se le ha llamado derecho de gentes.


6.2. Derecho Privado: Derecho Civil, Derecho Mercantil y Derecho Internacional Privado



El derecho civil es una de las ramas del derecho privado que tiene como objetivo regular los atributos de las personas física y morales e incluso organizar jurídicamente a la familia y al patrimonio, determinando las relaciones de orden económico entre los particulares, que no tengan contenido mercantil, agrario y obrero.
El derecho civil se puede dividir en cinco partes:

1.- Derecho de las personas
2.- Derecho familiar
3.- Derecho de los bienes
4.- Derecho sucesorio
5.- Derecho de las obligaciones.



El derecho mercantil es un conjunto de normas las cuales tiene que ver todo lo relacionado con los comerciantes y los actos de comercio. E
l mercantil en sus inicios era solamente un derecho para los comerciantes posteriormente, se convirtió en reglamentación jurídica.

El derecho internacional privado está constituido por el conjunto de normas relativas al derecho de la nacionalidad, la condición jurídica de los extranjeros y la resolución del conflicto de leyes y del de competencia judicial.


Los supuestos jurídicos que dan pie a los conflictos de competencia legislativa y judicial son:
1. Que en el acto jurídico intervenga un nacional con extranjeros;
2. Que el acto se celebre el territorio nacional con extranjeros;
3. Que el acto lo celebren mexicanos pero tenga ejecución en el extranjero;
4. Que el acto se celebre en el extranjero por extranjeros pero deba tener aplicación en territorio nacional.
5. Que el acto se ejecute por nacionales pero beneficie o perjudique a extranjeros.


6.3. Derecho Social: Derecho del Trabajo, Derecho Agrario, Derecho de la Seguridad Social y Derecho Económico



Aqui es muy importante ya que nos damos cuenta de que incluso hay un derecho al trabajo siendo este el conjunto de normas jurídicas que rigen las relaciones obrero–patronales.


El derecho agrario al iguyal que muchos mas se encuentra integrado por la normas jurídicas que regulan la actividad en el campo derivada de la tendencia y explotación de la tierra, con el fin de lograr el bien de la comunidad rural. El derecho agrario mexicano es muy vasto. Comprende, además de la agricultura, la ganadería, los bosques, el aprovechamiento de las aguas, la colonización, la cría de animales, etc.


El derecho de la seguridad social está constituido por las normas las cuales nos dice que tienden a la protección ante situaciones en las cuales se tenga un alto riesgo social. Por consecuencia, la seguridad social como idea universal, es un sistema irreconciliable con la permanencia de las formas actuales e organización de las sociedades modernas; el concepto de seguridad puede cambia segun el individuo el cual la este tomando en dicho momento, influyendo en cuestiones de toda tipo, pudiendo ser emocionales. Por lo que podemos decir que en el momento que se habla de seguros de riesgo de trabajo como lo pueden ser, enfermedad, la maternidad, la invalidez, incluso la vida misma, retiro y vejez estamos debemos de estar un poco mas tranquilos ya que se encuentra un derecho el cual podemos utilizar y que debemos utilizar.


El derecho económico es el conjunto de principios y de normas de diversas jerarquías sustancialmente de Derecho público que inscritas en un orden económico plasmado en la carta fundamental, facultan al estado para planear indicativa o imperativamente el desarrollo económico y social del país.


Conclusion:


Como lo dice el tema el derecho como objeto de conocimiento, esto es verdad ya que muchos de nosotros ni si quiera sabiamos de muchos de los derechos que tenemos y que aqui nos los son mencionados y que por supuesto deberiamos de conocer toda sociedad, tambien es muy importante lo que nos dice de objeto de conocimiento ya que sino conocemos el derecho que tenemos entonces como le vamos a hacer para hacerlos valer. tambien es de suma importancia como se puden dividir los derecho ya que pueden ser derechos privados, derechos publicos y derechos sociales todos estos tienen un por que y lo debemos de saber tanto su clasificacion como todo su contenido, como lo dije anteriormente para tener un buen uso de estos cuando sean requeridos y no quedarnos con las manos cruzadas.



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